En Delgado y Cía. Abogados, nuestros abogados se pondrán a su disposición para brindarle la mejor atención ante su situación laboral.
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Nuestros servicios de representación y asesoría laboral son contra resultados. Es decir, Ud., solo paga si es que ganamos el juicio.
Es especialmente relevante su contacto rápido, puesto que una asesoría a tiempo es determinante en la solución de su caso.
Si fuiste despedido y no estás de acuerdo con la causal de despido aplicada por tu empleador, puedes demandarlo por Despido Injustificado.
Esta demanda tiene por propósito que el trabajador reciba su indemnización por años de servicio, cuando el empleador no la reconozca, más un recargo sobre dicha indemnización que va de un 30% a un 100% dependiendo de la causal de despido aplicada.
Si la causal de despido es la de necesidades de la empresa, de todas formas puede demandarse al empleador, para que sea obligado al pago de un recargo de un 30% sobre la indemnización por años de servicio, y para que no pueda descontar en el finiquito el aporte al Seguro de Cesantía del Trabajador (AFC).
En el autodespido es el trabajador quien decide poner término a su contrato de trabajo, comunicándoselo por carta a su empleador, para posteriormente demandarlo y lograr que sea obligado al pago de los años de servicio, mes de aviso y otras prestaciones adeudadas, más un recargo sobre los años de servicio que puede ir de un 50% a un 80% dependiendo de la causal de autodespido que se aplique.
Las causales más comunes de autodespido son:
Accidente laboral es toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Se considera para esta situación todo evento relacionado con su desempeño laboral.
Para que el vinculo laboral exista, no es necesario que el contrato esté escriturado. No obstante, es obligación del empleador poner por escrito los términos del contrato convenido. Y respetar a cabalidad todas las leyes laborales.
Si tiene dudas respecto de su contrato, no dude en contactarnos. Recuerde que atendemos gratis sus consultas. Puesto que muchas veces, sin que el trabajador lo sepa y sin estar estipulados en el contrato, las leyes laborales exigen se cumplan.
El mobbing es una conducta consciente y sistemática, repetitiva, de hostigamiento contra un trabajador. La más común es la que se da de un jefe a un empleado (descendente), pero también se puede dar entre pares (horizontal) o incluso de subordinados hacia sus jefes (ascendente).
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